Instructivo de actuación rápida ante situaciones de violencia, acoso sexual y discriminación arbitraria por razones de sexo/género

En consideración de la calidad legal de la Universidad del Bío-Bío, como universidad pública y estatal y propiedad que se preserva desde el espacio público y de libre acceso para la ciudadanía, tolerante, que respeta la diversidad, inclusivo y libre de violencia, acoso sexual y discriminación arbitraria por razones de sexo/género, se estipula desde la Dirección General de Géneros y Equidad (DIRGEGEN), el siguiente instructivo de acción rápida frente a situaciones de violencia, acoso sexual y discriminación arbitraria por razones de sexo/género.

Si eres estudiante y estás viviendo una situación de las antes mencionadas dentro del campus, las acciones que puedes realizar son: 

  1. 1. Recurrir a un espacio seguro dentro de la Universidad, tales como, acercarse a un/a guardia de seguridad, Secretaría de Escuela, Dirección de Escuela, DDE, DIRGEGEN. Igualmente, se ´puede solicitar ayuda a personal a cargo de áreas verdes y limpieza en general, quienes, manteniéndote a resguardo, deberán de inmediato tomar contacto con el/la encargado de seguridad a fin de que este/a active los pasos siguientes. 
  2. 2. La persona que preste el primer auxilio de las instancias u opciones antes mencionadas, debe tomar contacto con PDI/Carabineros en el caso de que la situación revista hechos que pueden constituir delitos, tales como: actos de connotación sexual físicos o verbales, acoso sexual callejero, cualquier tipo de violencia en el contexto de pareja, acoso o discriminación por motivos de sexo/género, entre otros.
  3. 3. Cuando se tratase de casos referidos a violencia, acoso sexual , acoso sexual callejero o discriminación arbitraria por razón de sexo, identidad/ expresión de género u orientación sexual, con la previa autorización de la persona afectada, la persona que esté prestando auxilio inmediato debe ponerse en contacto con DIRGEGEN, para la derivación correspondiente.

Si eres integrante de la Universidad del Bío-Bío y estás presenciando una situación de violencia, acoso sexual y discriminación arbitraria por razones de sexo/género, puedes: 

  1. 1. Realizar las acciones necesarias personalmente o pidiendo colaboración de la manera más adecuada y sutil, con el fin de poder lo más pronto posible llevar a la persona que está viviendo la situación a un espacio de resguardo/seguridad donde pueda ser contenida, tales como acercarse a un/a guardia de seguridad, Secretaría de Escuela, Dirección de Escuela, Dirección de Desarrollo Estudiantil (DDE), DIRGEGEN. Igualmente puedes solicitar ayuda a personal a cargo de áreas verdes y limpieza en general, quienes, manteniéndote a resguardo, deberán de inmediato tomar contacto con el/la encargado de seguridad a fin de que este/a active los pasos siguientes. 
  2. 2. Ponerte en contacto con PDI/Carabineros en el caso de que la situación comprenda delitos, tales como: actos de connotación sexual físicos o verbales, acoso sexual callejero, cualquier tipo de violencia en el contexto de pareja, acoso o discriminación por motivos de sexo/género, entre otros.
  3. 3. Cuando se tratase de casos referidos a violencia, acoso sexual , acoso sexual callejero o discriminación arbitraria por razón de sexo, identidad/ expresión de género u orientación sexual, previa autorización de la persona afectada, quien este prestando auxilio inmediato, debe ponerse en contacto con DIRGEGEN, para la derivación correspondiente.
  4. Pesquisar red de apoyo, como familia, amigos, pareja, etc., de la persona afectada, a fin de poder dejarla en comunicación con alguien de su confianza. 

¿Qué acciones debe realizar el/la Director/a de Escuela luego de tomar conocimiento de una situación de violencia, acoso sexual y discriminación arbitraria por razones de sexo/género?

Si como docente me encuentro en calidad contractual de planta/contrata y los hechos pudieran ser constitutivos de delito y no fueron denunciados en los pasos anteriores, debo colocar en conocimiento del Ministerio Público dichos antecedentes. 

  1. 1. ¿Cuáles hechos pueden constituir delito?
    Actos de connotación sexual físicos o verbales, acoso sexual callejero, cualquier tipo de violencia en el contexto de pareja, acoso o discriminación por motivos de sexo/género, entre otros.
  2. 2. ¿Cómo informo de ello al Ministerio Público?
    Mediante el envío de un oficio, señalando el nombre y cargo de quien envía, descripción de los hechos e identificando a quien sea la posible víctima y a quien sea la persona ejecutora de los hechos de la manera mas detallada posible, detallando un mecanismo de contacto. 
  3. 3. Importante que, ante esta circunstancia, se debe señalar a la persona que solicita la ayuda, que se realizara esta acción de poner en conocimiento al Ministerio Público de los hechos que pudieren constituir delito, sin perjuicio de que con posterioridad esta pueda o no ratificar dichos hechos. 

En caso de que los hechos no fueran constitutivos de delito, no corresponde poner en conocimiento al Ministerio Público. Por tanto, las acciones a seguir son: 

  1. 1. Previo consentimiento de la persona que vivió los hechos, se debe realizar derivación a la Dirección General de Géneros y Equidad, a través de una ficha de derivación que debe ser enviada al correo: dirgegen@ubiobio.cl 
  2. 2. Mantenerse activo como repartición, unidad, facultad, escuela, entre otras, para la realización de actividades de prevención, sensibilización y promoción de espacios libres de violencia, acoso sexual, acoso sexual callejero o discriminación arbitraria por razón de sexo, identidad/ expresión de género u orientación sexual. 

Recomendaciones

Algunas recomendaciones de buenas prácticas para tener en cuenta al momento de presenciar o escuchar que una persona de la comunidad universitaria (de cualquier estamento) esté viviendo una situación de violencia, acoso sexual, acoso sexual callejero o discriminación arbitraria por razón de sexo, identidad/ expresión de género u orientación sexual.

  • Generar espacios de escucha permanente donde el diálogo y la confianza sean la base para mantener una comunicación fluida.
  • Que los protocolos de acción sean conocidos por todas las personas que de acuerdo a sus funciones puedan o tengan que contener, entregar asesoría, acompañar a la víctima a una de las unidades claves y deban denunciar o derivar a la dirección correspondiente. 
  • Mantener una escucha activa en los procesos de diálogo o cuando se brinde una primera acogida a las personas afectadas. 
  • Evitar la indagación en el relato para no juzgar la vivencia de las víctimas. La justicia ordinaria y, en caso de denuncia interna, el desarrollo administrativo interno serán la institucionalidad encargada de llevar a cabo ese proceso. 
  • Evitar prácticas que puedan caer en la revictimización de las víctimas.
  • Asegurar confidencialidad considerando que es parte de los deberes de toda/o funcionaria/o público. 
  • Contar con el consentimiento de las personas para emprender acciones (tanto para contactar a sus redes de apoyo, así como también para establecer derivación o contacto con DIRGEGEN). 
  • Si tengo dudas de cómo proceder, consultar a las redes disponibles entre ellas DIRGEGEN, DDE, entre otras.